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El contrato notariado
en tiempo récord
por
la Gobernación
cruceña.
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El caso de los
58 mil dólares ya lleva casi cuatro meses envuelto en el misterio ya que hasta
la fecha, pese a que la denuncia salió de la Alcaldía mediante los medios de
comunicación, no ha habido empero un informe oficial que permita conocer adónde
fue esa plata, quién la cobró, quiénes están implicados, qué obra adicional se
hizo, quiénes autorizaron las planillas de avance de obra, etc. Llama la atención
que el Comité Cívico, que siempre presiona a Cosmin exigiéndole informes
económicos, no diga nada sobre este espinoso asunto. Resulta por ello
inevitable, una vez conocidos los hechos, formular algunas consideraciones periodísticas:
1.- De haber
habido una pizca de ética en la clase política, la alianza municipal
MIR-MNR-MAS debió disolverse tras descubrirse el hecho. El ama suwa debió haber
primado por encima de todo, incluso por encima de las pegas.
2.- El MAS
estaría preparando el terreno para un eventual referendo revocatorio en diciembre
de 2012, una vez que el alcalde Freddy Rivero haya cumplido la mitad de su
mandato, ya que así lo establece el Art. 27 de la Ley del Régimen Electoral.
3.- La
denuncia formulada por Osberth Carrillo buscaba aparentemente la muerte civil
de Braulio Mamani y de Gloria Becerra, pero, para ser justos, tanto la
presidenta de Cosmin como el presidente del Concejo tenían que correr igual
suerte ya que ambos suscribieron la resolución municipal 010/2006.
4.- El emenerrista Ruddy
Rodríguez asegura que se enteró del convenio recién en el año 2010. Sin embargo,
documentos del FNDR muestran que cuando él fue alcalde (2008-2009) la Comuna
honró esa deuda pagando las cuatro cuotas que le correspondían.
5.- La
explicación del actual alcalde suena más creíble, pero cualquiera con un poco
de lógica podría plantearse cómo se toma la decisión de pagar una deuda -aunque
sea una deuda heredada- sin siquiera preguntar por qué se la está pagando.
6.- Tres
personajes aseguran que nunca tuvieron conocimiento del convenio entre Braulio
Mamani y el FNDR. Sin embargo, la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz tipifica la
omisión como un delito bajo la figura jurídica de “incumplimiento de deberes”.
El “yo no sabía” es, por lo tanto, una omisión.
7.- Se tiene
que analizar también el grado de responsabilidad del director ejecutivo del
FNDR ya que el punto 1.3 de la cláusula primera del convenio dice textualmente:
“La solicitud de financiamiento del Proyecto fue autorizada por resolución del
Concejo Municipal de Minero Nº 010/2006”. ¿Cómo es que los abogados del Estado
Plurinacional dejan “pasar” una resolución que a leguas hablaba de otra cosa?
8.- Además, no
se ha encontrado un solo indicio de que empresa alguna hubiera efectuado algún trabajo
adicional en el barrio Progreso.

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