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A
este hospital de tercer nivel de Santa Cruz de
enviados los beneficiarios
minereños del SSPAM. Claro, para
ser atendidos ellos tienen que pagar aunque
sean “asegurados”.
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El
Seguro de Salud Para el Adulto Mayor (SSPAM) se aplica en condiciones precarias
y muy limitadas en el municipio de Minero ya que sus prestaciones se reducen a
la provisión de paracetamol, y a veces ni siquiera eso, según ha podido
comprobar una paciente cuyo carné de asegurada es el Nº 1560741.
La
señora, de 65 años de edad, llegó hace poco al hospital municipal “Mario Daza
Cronenbold” virtualmente ciega a causa de una complicación aguda de cataratas
en los dos ojos. De allí la derivaron a la clínica Unimax de la ciudad de
Montero donde el oculista fijó en 1.200 dólares el precio para devolverle la
vista a la “asegurada”.
Para
los ricos pagar 1.200 dólares no sería problema, pero para una mujer que se
gana la vida vendiendo empanadas en la calle la experiencia se convertiría en
un calvario porque pudo vivir en carne propia cómo los políticos
están engañando a nuestros abuelos con el SSPAM.
Hace
poco el alcalde de Minero se refirió en el barrio Progreso a las “bondades” del
SSPAM y mencionó que la
Municipalidad corre con el financiamiento de costosas
cirugías especializadas.
Pero
una cosa es la propaganda política y otra la realidad. El decreto supremo 28968
(Reglamento de Prestaciones y Gestión
del Seguro de Salud del Adulto Mayor) promulgado por el presidente Evo
Morales el 13 de diciembre de 2006 en el Art. 16 indica con toda claridad que
los viejos tienen derecho a recibir atención gratuita en los niveles primero, segundo y tercero.
El
Art. 12 señala: “El SSPAM garantiza servicios de salud a todas las personas
mayores de 60 años, consistente en […] servicios complementarios de
diagnóstico, hospitalización, tratamientos médicos y quirúrgicos y la provisión
de insumos y medicamentos
necesarios […], de acuerdo a cada nivel de atención”.
Dice
el mencionado Art. 16: “Tercer nivel: corresponde a la consulta de especialidad
[…] cirugías en las diversas especialidades y grado de complejidad; y servicios
complementarios de diagnóstico y tratamiento de alta tecnología y complejidad”.
Pero
en Minero esta ley no se cumple, pese a que la Alcaldía recibe las primas
anuales de Bs 450,80 provenientes del IDH destinadas a cada anciano, y el
“Hospital Municipal de Segundo Nivel” acaba siendo un embuste que nada tiene
que ver con la realidad, como lo comprobaría la mencionada paciente cuando
llegó a ese nosocomio pidiendo que la operen de las cataratas. “La normativa
interna nos impide financiar esta cirugía, si lo hacemos, estaríamos
malversando recursos del Estado”, le dice fríamente el Dr. Nelson Chávez
Llorente, responsable del SSPAM en Minero. “No podemos salirnos del protocolo
que nos envía el propio Ministerio de Salud y Deportes”, resume el director del
hospital, Dr. Ciro Orellana, quien muestra un catálogo que supuestamente
prohíbe las cirugías de cataratas para las personas de la tercera edad.
Llegado
el momento, la asegurada en cuestión no pudo beneficiarse ni siquiera con los
fármacos que eran necesarios para los dolores posteriores a la cirugía de
cataratas. En otras palabras, la paciente quedó librada a su suerte a pesar de
que, como ya se mencionó, la
Municipalidad recibe Bs 450,80 por cada anciano y es su
obligación hacer que las prestaciones del SSPAM lleguen a los ancianos tal como
indica la ley.
En
Minero actualmente residen alrededor de 1.200 personas mayores de 60 años. La
pregunta que cualquiera se haría es: ¿quién o quiénes se están quedando con las
primas de 450,80 bolivianos que llegan del IDH y que no benefician a los
ancianos? ¿Está pasando acaso lo mismo que con el SUMI?
Esta
historia continuará.

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